miércoles, 18 de enero de 2017

prestaciones sociales

Estas son las prestaciones sociales que existen:

1- Asistencia laboral: Derecho a recibir servicios médicos.
2- Incapacidad temporal: Es la situación en la que el trabajador está impedido durante un tiempo para trabajar debido a una enfermedad común o profesional, o un accidente sea o no laboral.
3- Incapacidad permanente: Es la situación en la que un trabajador, después de haberse sometido a tratamiento y que ha sido dado de alta médica, sigue presentando una gravedad que le impide realizar trabajos con normalidad.
4- Maternidad y paternidad: La maternidad es el descanso generado desde el día del parto o del período de descanso si es anterior al mismo y el médico así lo determina. 
5- Jubilación: Es la pensión que se concede a una persona a partir de los 65 años, edad que llegará a situarse en 2027 a 67 años, y que se compensa el hecho de que ya no se vuelva a trabajar.
6- Muerte y supervivencia: Son prestaciones que tienen lugar por el fallecimiento del trabajador: viudedad, orfandad, pensiones a favor de familiares...

miércoles, 11 de enero de 2017

definición de contrato de trabajo

Esta es la definición de contrato de trabajo:

-El contrato de trabajo es un acuerdo entre el trabajador y el empresario, en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios de forma voluntaria, por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario, que se compromete al pago de una retribución.

Tipos de contratos de trabajo:

Contrato laboral indefinido

Se formaliza verbalmente o por escrito, sin establecer límite de tiempo en la prestación de los servicios, en su duración. Podrá realizarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

Contrato laboral temporal

Tiene por objeto establecer una relación laboral entre empresa y trabajador por un tiempo determinado. Puede ser a jornada completa o parcial y existen bastantes modalidades.

Contrato laboral para la formación y el aprendizaje

Se trata de un contrato para favorecer la inserción y la formación de los jóvenes, donde se combina actividad laboral con formativa. Puede realizarse a trabajadores menores de 25 años (de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%) y carezcan de cualificación profesional reconocida como para concertar un contrato en prácticas.

Contrato laboral en prácticas

Se realiza para que el trabajador obtenga la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. Puede realizarse a trabajadores en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior. El salario del trabajador no podrá ser inferior al 60% o al 75% (1er y 2º año de vigencia del contrato) al fijado en el convenio para un trabajador en puesto equivalente.

Los 4 deberes y 4 derechos básicos del trabajador

Los trabajadores tienen como derechos básicos:

a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
b) Libre sindicación
c) Negociación colectiva.
d) Adopción de medidas de conflicto colectivo


Estos son los cuatro deberes básicos del trabajador:

  1. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
  2. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  3. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
  4. No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.

miércoles, 21 de diciembre de 2016

-Estas son las 5 características necesarias del trabajo:

TRABAJO PERSONAL: El trabajador compromete sus servicios y se obliga a trabajar personalmente, lo que supone que el trabajo asalariado sólo puede desempeñarlo una persona física, nunca una persona jurídica.

TRABAJO VOLUNTARIO: Los servicios se prestan voluntariamente. Esta referencia es redundante al hablar de un contrato, que necesariamente exige el consentimiento de los contratantes, pero sirve para remarcar la naturaleza libre del trabajo asalariado. Ello determina que no puedan calificarse como tal las actividades realizadas con carácter forzoso u obligatorio, por imposición de otras personas o por imperativo legal.

TRABAJO RETRIBUIDO: El trabajo es laboral en la medida en que es retribuido. Tal exigencia refleja la naturaleza cambiaria y no asociativa del contrato de trabajo. Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad no generan una contraprestación económica a favor de quien los realiza, por lo que quedan fuera del ámbito laboral. Por otro lado, esa retribución es independiente de los beneficios que la prestación procure al empresario, esto es, la deuda contractual del trabajador es una deuda de actividad y no de resultado.

AJENIDAD: Los servicios se prestan por el trabajador a favor de otra persona, que adquiere, en virtud del contrato de trabajo, la titularidad originaria sobre los frutos de ese trabajo. La relación de ajenidad, por tanto, constituye un modo originario de adquirir la propiedad por parte de una persona distinta de aquella que ha realizado el trabajo.

DEPENDENCIA: La dependencia supone que la prestación de servicios se desarrolla dentro del ámbito de dirección y organización de otra persona. La dependencia se presenta como un concepto graduable que admite distintos niveles de intensidad según las características especiales del trabajo. Hoy en día la expresión “régimen de dependencia y subordinación” se ha sustituido por la de “inserción en el ámbito de organización y dirección de otro”, dando una visión más flexible de este elemento sustantivo del contrato de trabajo.


-El derecho al trabajo es el derecho fundamental humano por el que toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección del mismo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, sin discriminación, con igualdad salarialremuneración dignaprotección social y derecho de sindicación.
-El Estatuto de los trabajadores fue aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 10 de marzo de 1980. Tras diferentes modificaciones, actualmente está regulado en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

-Aquí os dejo un enlace al Documento de Estatuto de los Trabajadores:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430&p=20151024&tn=2


miércoles, 23 de noviembre de 2016

Currículum Vitae


Definición de Currículum vitae:

-El "currículum vitae", llamado simplemente currículum, significa "curso o carrera de la vida". Es un breve historial en el que se detallan aspectos de nuestros méritos o actividades personales y profesionales.
-Se utiliza para presentar lo que sabes ante una empresa para que puedas trabajar con ellos. 
-Apartados: Datos Personales, Formación Académica, Formación Complementaria, Idiomas, Informática, Publicaciones, Experiencia Laboral, Otros datos de interés. 
Enlaces a una página para consejos de como realizar un currículum: http://www.adecco.es/buscartrabajo/consejoselaboracioncvutiles.aspx
Enlace para buscar información para realizar tu currículum vitae: https://europass.cedefop.europa.eu/es/documents/curriculum-vitae

La entrevista de trabajo

Buenos días, la información de hoy tratará sobre los aspectos que me resultan mas importantes a la hora de realizar una entrevista de trabajo:
1-Fases de la entrevista:
   -Fase de acogida
   -Fase informativa
   -Pregunta abierta
   -Fase de preguntas
   -Cierre(también fase informativa)
   -Despedida
2-La reformulación positiva 
3-La descripción de servicio
4-Comunicación no verbal
5-La sinceridad
6-Tener en cuenta que tu también puedes preguntar
7-Utilizar un lenguaje amplio y rico
8-Mostrar seguridad ante el entrevistador
9-Fundamental el contacto con el entrevistador
10-No exigir un sueldo alto en el primer empleo.

Una página web para ver información sobre una entrevista de trabajo puede ser: http://www.entrevistadetrabajo.org/