miércoles, 8 de febrero de 2017

5 habilidades para que un emprendedor tenga exito

ESTAS SON LAS 5 HABILIDADES PARA QUE UN EMPRENDEDOR TENGA ÉXITO:

1- Capacidad de vender: Si estás intentando vender un producto a tus potenciales clientes o incluso a ti mismo durante una entrevista laboral, será imprescindible que tengas la capacidad para conectar con el resto, así como también para comunicar el valor de lo que estás ofreciendo.

2-Desarrollar importantes relaciones: Probablemente si hablas con cualquier emprendedor exitoso te dirá que el éxito no lo alcanzó solo, sino que junto a él estuvieron trabajando a la par colegas o amigos. Para alcanzar el éxito deberás ser capaz de desarrollar relaciones que te acompañen durante todo el proceso.

3- Comunicación fluida: Una de las cualidades más importantes para todo emprendedor es saber comunicarse con el resto de forma fluida; incluso a la hora de transmitir nuevas ideas a tu equipo de trabajo debes sonar convincente y fácil de entender.

4-Confiar: La confianza es fundamental en el mundo empresarial, debido a que los emprendedores son los responsables de aprobar e impulsar nuevas ideas, por lo que ellos deberán ser los primeros en confiar en las mismas. 

5-Gestionar el tiempo: Como emprendedor no tendrás un jefe que controle tus tiempos o si cumples con la tarea, por lo que será fundamental que establezcas una buena administración de tu tiempo si pretendes tener éxito.












miércoles, 1 de febrero de 2017

Iniciativa emprendedora

DEFINICIÓN:

-La iniciativa emprendedora es un proceso social y dinámico en el que los individuos, solos o en colaboración, identifican oportunidades para innovar y actúan transformando las ideas en actividades prácticas dentro de un contexto social, cultural o económico.

CUATRO CLAVES QUE NO DEBEN FALTAR A LA HORA DE EMPRENDER:



 1- Hacerse las preguntas adecuadas: ¿Por qué? es una pregunta que deberías hacerte para cualquier cosa que pienses hacer.
2- Pasión: Examina qué te apasiona, qué te gusta, qué te agrada, qué te hace sentir bien. Y simplemente, hazlo.
3- Talento.

4- Sectores en alza: Diferencia entre aquello que está al final del camino y aquello que está iniciándolo.                               

miércoles, 25 de enero de 2017

RIESGOS LABORALES

Definición:

-El Riesgo Laboral, es un riesgo existente en el área laboral que pude resultar en una enfermedad laboral o en un accidente laboral.

Estos son los que existen:

  • Riesgos físicos
  • Riesgos químicos
  • Riesgos biológicos
  • Riesgos ergonómicos
  • Riesgos psicosociales

  • Prevenciones:

    • La seguridad en el trabajo.
    • La higiene industrial
    • La ergonomía
    • psicosocilogía aplicada.
    • Medicina del trabajo.

    miércoles, 18 de enero de 2017

    prestaciones sociales

    Estas son las prestaciones sociales que existen:

    1- Asistencia laboral: Derecho a recibir servicios médicos.
    2- Incapacidad temporal: Es la situación en la que el trabajador está impedido durante un tiempo para trabajar debido a una enfermedad común o profesional, o un accidente sea o no laboral.
    3- Incapacidad permanente: Es la situación en la que un trabajador, después de haberse sometido a tratamiento y que ha sido dado de alta médica, sigue presentando una gravedad que le impide realizar trabajos con normalidad.
    4- Maternidad y paternidad: La maternidad es el descanso generado desde el día del parto o del período de descanso si es anterior al mismo y el médico así lo determina. 
    5- Jubilación: Es la pensión que se concede a una persona a partir de los 65 años, edad que llegará a situarse en 2027 a 67 años, y que se compensa el hecho de que ya no se vuelva a trabajar.
    6- Muerte y supervivencia: Son prestaciones que tienen lugar por el fallecimiento del trabajador: viudedad, orfandad, pensiones a favor de familiares...

    miércoles, 11 de enero de 2017

    definición de contrato de trabajo

    Esta es la definición de contrato de trabajo:

    -El contrato de trabajo es un acuerdo entre el trabajador y el empresario, en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios de forma voluntaria, por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario, que se compromete al pago de una retribución.

    Tipos de contratos de trabajo:

    Contrato laboral indefinido

    Se formaliza verbalmente o por escrito, sin establecer límite de tiempo en la prestación de los servicios, en su duración. Podrá realizarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

    Contrato laboral temporal

    Tiene por objeto establecer una relación laboral entre empresa y trabajador por un tiempo determinado. Puede ser a jornada completa o parcial y existen bastantes modalidades.

    Contrato laboral para la formación y el aprendizaje

    Se trata de un contrato para favorecer la inserción y la formación de los jóvenes, donde se combina actividad laboral con formativa. Puede realizarse a trabajadores menores de 25 años (de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%) y carezcan de cualificación profesional reconocida como para concertar un contrato en prácticas.

    Contrato laboral en prácticas

    Se realiza para que el trabajador obtenga la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. Puede realizarse a trabajadores en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior. El salario del trabajador no podrá ser inferior al 60% o al 75% (1er y 2º año de vigencia del contrato) al fijado en el convenio para un trabajador en puesto equivalente.

    Los 4 deberes y 4 derechos básicos del trabajador

    Los trabajadores tienen como derechos básicos:

    a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
    b) Libre sindicación
    c) Negociación colectiva.
    d) Adopción de medidas de conflicto colectivo


    Estos son los cuatro deberes básicos del trabajador:

    1. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
    2. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
    3. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
    4. No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.

    miércoles, 21 de diciembre de 2016

    -Estas son las 5 características necesarias del trabajo:

    TRABAJO PERSONAL: El trabajador compromete sus servicios y se obliga a trabajar personalmente, lo que supone que el trabajo asalariado sólo puede desempeñarlo una persona física, nunca una persona jurídica.

    TRABAJO VOLUNTARIO: Los servicios se prestan voluntariamente. Esta referencia es redundante al hablar de un contrato, que necesariamente exige el consentimiento de los contratantes, pero sirve para remarcar la naturaleza libre del trabajo asalariado. Ello determina que no puedan calificarse como tal las actividades realizadas con carácter forzoso u obligatorio, por imposición de otras personas o por imperativo legal.

    TRABAJO RETRIBUIDO: El trabajo es laboral en la medida en que es retribuido. Tal exigencia refleja la naturaleza cambiaria y no asociativa del contrato de trabajo. Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad no generan una contraprestación económica a favor de quien los realiza, por lo que quedan fuera del ámbito laboral. Por otro lado, esa retribución es independiente de los beneficios que la prestación procure al empresario, esto es, la deuda contractual del trabajador es una deuda de actividad y no de resultado.

    AJENIDAD: Los servicios se prestan por el trabajador a favor de otra persona, que adquiere, en virtud del contrato de trabajo, la titularidad originaria sobre los frutos de ese trabajo. La relación de ajenidad, por tanto, constituye un modo originario de adquirir la propiedad por parte de una persona distinta de aquella que ha realizado el trabajo.

    DEPENDENCIA: La dependencia supone que la prestación de servicios se desarrolla dentro del ámbito de dirección y organización de otra persona. La dependencia se presenta como un concepto graduable que admite distintos niveles de intensidad según las características especiales del trabajo. Hoy en día la expresión “régimen de dependencia y subordinación” se ha sustituido por la de “inserción en el ámbito de organización y dirección de otro”, dando una visión más flexible de este elemento sustantivo del contrato de trabajo.